Malvinas: reconocen el derecho de un ex combatiente
Miles de ex soldados de Malvinas quieren ser reconocidos / LUCIA MERLE
La Corte Suprema reconoció como ex combatiente de Malvinas a un soldado que se encontraba “bajo bandera”, es decir, en el continente durante el conflicto bélico de 1982. En un fallo difundido en estos días, el tribunal declaró inconstitucional las exigencias de “situación geográfica” y entrada “efectivamente en combate” que prevé la ley como requisitos para acceder al beneficio de una pensión.
Los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda hicieron lugar a un “recurso extraordinario” presentado por Carmelo Gerez otorgándole su condición de veterano de guerra y la pensión vitalicia.
Es el mismo reclamo que plantearon más de 9 mil soldados conscriptos que durante la guerra en el sur cumplieron funciones en el continente, desde Trelew hasta Ushuaia. Este fallo sienta un precedente para quienes acampan desde febrero de 2008 en la Plaza de Mayo, a la espera de que se los reconozca como veteranos.
Los jueces de la Corte declararon inconstitucional el artículo 1 de la ley 24.892 que otorga las pensiones vitalicias a los combatientes conscriptos que participaron en efectivas acciones bélicas de combate durante la guerra de Malvinas. “Tanto el requerimiento de la ‘situación geográfica’ en los términos expresados, como la exigencia de haber ‘entrado efectivamente en combate’ conducen a declarar la inconstitucionalidad (…) por vulnerar la garantía prevista en el artículo 16 de la Constitución Nacional”, dice el fallo del máximo tribunal.
Durante la guerra de Malvinas, Gerez estuvo en la base Aeronaval de Puerto Belgrano y, después del hundimiento del crucero General Belgrano, en mayo de 1982, fue movilizado a la base Aeronaval de Río Grande. Estuvo allí hasta el 30 de mayo y su tarea era el de contralor “de los aviones que iban a atacar a través de radares y equipos de comunicaciones, siendo ese el único lugar desde donde se atacó a la flota inglesa con aeronaves misilísticas y bombarderas”. Después, fue trasladado a una estancia en la frontera con Chile, donde cumplió “funciones de vigilancia” hasta el 20 de junio, seis días después de la rendición. Para los jueces, “en tal escenario, las actividades desplegadas por el actor”, “no se distinguen de las desarrolladas por quienes combatieron de manera efectiva, en los términos de la ley aplicable”.